
El decreto fue publicado en el Diario Oficial, donde se establecen valores negativos para todos los combustibles considerados, lo que incide directamente en el cálculo final del tributo.
El Ministerio de Hacienda publicó un decreto que actualiza el impuesto específico a los combustibles, cuyos nuevos valores comenzarán a regir desde el 7 de mayo de 2026. La medida se enmarca en el Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles (MEPCO), que ajusta periódicamente este impuesto para moderar las variaciones en los precios.
La medida fue oficializada en el Diario Oficial, donde se establecen valores negativos para todos los combustibles considerados, lo que incide directamente en el cálculo final del tributo.
En detalle, el componente variable para la gasolina de 93 octanos se fijó en -1,0498 UTM por metro cúbico, mientras que para la gasolina de 97 octanos será de -0,9977. En el caso del diésel, el valor se estableció en -0,0095, y para el gas licuado de uso vehicular (GLP) en -0,6407. Por su parte, el gas natural comprimido tendrá un componente de -0,9735.
Desde la cartera explicaron que estos valores se calculan sumando o restando el componente variable al componente base del impuesto, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 20.765 y su reglamento.
Asimismo, el decreto instruye la publicación de un informe técnico en el sitio web institucional del Ministerio de Hacienda, con el detalle de las estimaciones que sustentan la determinación de estos parámetros.
Se espera que la bajada a precio de la determinación de estos componentes sea anunciada en horas de la tarde por parte de la Enap, en su página de Informe Semanal de Precios.
