FISCALÍA PIDE SIETE AÑOS DE CÁRCEL CONTRA MINISTRO DE FE DE CORTE DE SANTIAGO

Equipo de Investigación de BioBioChile.

El Ministerio Público está solicitando siete años de presidio para un receptor judicial, por el delito reiterado de falsificación de instrumento público. El ministro de fe se encuentra en servicio activo

Ante el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago se definirá en agosto el futuro del receptor Eduardo Löbel Aracena, quien arriesga siete años de cárcel por falsificar notificaciones de una demanda civil.

El demandado no sólo no vivía en la dirección en la que Löbel certificó haber intentado notificarlo, sino que el lugar correspondía a un condominio, sin que el funcionario mencionara ese detalle ni dejara constancia del número de departamento en que supuestamente practicó la diligencia.

No se trata de la primera polémica de Löbel al interior del Poder Judicial. El funcionario ya había sido formalizado en 2018 por una situación similar, que involucraba al hijo del ministro de la Corte Suprema Manuel Valderrama, aunque posteriormente el Ministerio Público decidió no perseverar en la causa por no contar con los antecedentes necesarios para presentar una acusación.

Con más de 40 años al interior del Poder Judicial, Eduardo Löbel Aracena es uno de los ministros de fe que trabajan en la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago. Entre sus antecedentes, se cuenta haber notificado en septiembre de 2007 a Alberto Fujimori la resolución mediante la cual la Corte Suprema aprobó su extradición.

Una trayectoria podría terminar abruptamente en tres meses más. En concreto, al receptor se lo acusa de haber falsificado notificaciones de una causa iniciada en 2016. Ese año, el Banco Santander solicitó la ejecución de una deuda de más de $74 millones de un mutuo hipotecario.

Para notificar al demandado, el abogado del banco entregó una dirección de avenida Fleming en Las Condes. Löbel certificó haber buscado al demandado en ese lugar, “el 4 y 5 de noviembre, a las 19:10 y 10:45 horas, respectivamente”. Junto con ello, confirmó que era el domicilio del demandado, porque así se lo “informó un persona adulta sexo femenino”, quien le manifestó que “la persona antes mencionada” se encontraba “en el lugar del juicio”.

Más tarde, el abogado del banco solicitó al Vigesimoprimer Juzgado Civil de Santiago que autorizara la notificación de acuerdo con el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Es decir, que la demanda fuera notificada dejando los documentos en la puerta.

El juez visó la petición y el 14 de noviembre de 2016 Löbel certificó que había cumplido con la diligencia en el “domicilio de avenida Alejandro Fleming”.

Domicilio en Talagante

El problema es que el demandado nunca había vivido ahí. De hecho, el mutuo hipotecario había sido otorgado por Santander para financiar un terreno en Talagante, donde él residía.

Tras haberse enterado en febrero de 2017 de la prohibición de vender su parcela, que estaba negociando a través del mismo banco, el deudor revisó la causa civil en el sistema del Poder Judicial. Se dio cuenta entonces de que supuestamente lo habían notificado en una dirección donde nunca había vivido.

Para mayor sorpresa, al buscar por Google Maps la dirección de avenida Alejandro Fleming, vio que se trataba de un condominio. En las notificaciones el receptor judicial, Eduardo Löbel, no había indicado el número del departamento.

El demandado presentó un recurso de nulidad en la causa y el tribunal solicitó a Löbel un informe pormenorizado. Löbel contestó el 21 de abril de 2017. El receptor ratificó sus actuaciones. Según él, no recordaba detalles, “debido al tiempo transcurrido, pero sí que el domicilio del demandado correspondía a un edificio de departamentos”:

—Lo que hace uno es preguntar por el demandado, si es positiva la respuesta de alguna persona adulta, corresponde estampar entonces búsquedas positivas, que es lo que sucedió en este caso —aseguró Löbel—. La información que yo obtuve en las búsquedas, fue por dichos de terceros del domicilio señalado.

A juicio

El tribunal civil acogió la nulidad, por considerar que el demandado nunca había estado en la dirección donde supuestamente se habían practicado las notificaciones. En paralelo, el deudor presentó una querella contra Löbel, la que fue seguida en 2018 por el Consejo de Defensa del Estado.

La investigación del Ministerio Público respaldó las acusaciones. El abogado de Santander declaró que no recordaba cómo obtuvo el domicilio de Las Condes y la PDI comprobó que la dirección era un conjunto de departamentos que cuenta con cuatro blocks.

El banco también entregó el detalle de los pagos realizados a Löbel, entre 2016 y 2018. Hubo ocho abonos de la institución financiera al receptor en ese periodo, constando uno por $457 mil, correspondiente a una boleta del 17 de noviembre de 2016, tres días después de la supuesta última notificación.

Ese valor podría ser el acumulado de varias diligencias, porque actualmente una notificación del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil cuesta sólo $52 mil, según el arancel fijado por el Ministerio de Justicia.

Así, en 2021 Löbel fue formalizado y en octubre del año pasado el persecutor adjunto Claudio Peña Báez presentó la acusación fiscal en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Por los dos documentos mediante los que certificó haber buscado al deudor en el domicilio de Alejandro Fleming, el receptor arriesga siete años de cárcel por delitos reiterados de falsificación de instrumento público u oficial del artículo 193 Nº 4 del Código Penal.

El receptor judicial intentó invalidar el proceso, argumentando que la acción penal había prescrito. No obstante, el juez Freddy Cubillos dictaminó que el delito por el que se le había acusado correspondía a un crimen, por lo que el plazo para prescribir era de diez años, los que no se habían cumplido.

La decisión fue ratificada en febrero de este año por la Corte de Apelaciones de Santiago. El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal fijó el juicio para el próximo 12 de agosto.

El hijo del supremo

—Acusar al ministro de fe de que no notificó generalmente es una estrategia procesal —asegura un receptor con más de una década de experiencia—. Es bien ambiguo. Hay muchos demandados que alegan que no los notificaron, pero también existen receptores que mal utilizan el sistema.

No se trata del único hecho de este tipo en que se ha visto involucrado Löbel. El receptor estuvo en el centro del escándalo que involucró al juez árbitro Manuel Valderrama Escobar —hijo del ministro de la Corte Suprema Manuel Antonio Valderrama Rebolledo—.

Se trata del bullado caso de partición de bienes de la familia Padilla-Arellano. La Minera Santa Laura adquirió una participación en la comunidad y en septiembre de 2015 solicitó su disolución. El Vigesimoquinto Juzgado Civil de Santiago designó como juez árbitro a Valderrama Escobar. Durante el proceso, la familia intentó de distintas maneras detener el remate de los bienes, entre ellas mediante una demanda de recusación contra Valderrama presentada el 16 de marzo de 2017.